La presidencia del Consejo de la Unión Europea es una responsabilidad institucional y un órgano interno del Consejo de la Unión Europea.
El Parlamento Europeo y el Consejo (formado por gobiernos de 27 países miembros) aprueban las leyes de la UE. La Comisión elabora y aplica dichas leyes europeas.
Es por tanto al Estado miembro, y no a una persona en concreto, a quien corresponde la responsabilidad de ejercer la presidencia. Es en principio el ministro-presidente del Consejo de Asuntos Generales(compuesto de ordinario por los ministros de asuntos exteriores de los Estados miembros) quien ejerce la representación global del Consejo como institución comunitaria. Sólo el Consejo de Asuntos Exteriores, presidido con carácter permanente por el Alto Representante de la Unión, se sustrae al régimen general de la presidencia rotatoria.
No debe confundirse con la presidencia del Consejo Europeo, que ejerce con carácter permanente Herman Van Rompuy.
El derecho de La Ue se divide en la legislación “primaria”, que constituye la base o las reglas fundamentales de toda la actuación de la UE y legislación “secundaria”, incluye los reglamentos, las decisiones, principios y objetivos establecidos en los tratados.
El procedimiento de toma de decisiones en la UE se denominan: "Codecisión", que es el proceso legislativo donde el Parlamento Europeo debe aprobar la legislación de la UE junto con el Consejo, formado por los gobiernos de los 27 países miembros. El Tratado de Lisboa amplía los ámbitos en que se utiliza la codecisión; y “Consentimiento” es el acuerdo entre el Parlamento Europeo y la comisión sobre cualquier ampliación en la Unión.
El Parlamento Europeo también tiene más poder de bloquear una propuesta si no está de acuerdo con el Consejo.
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